Jubilados y Empleados de la Administración Pública Provincial
CARACTERÍSTICAS:
· Beneficiarios: Agentes Activos y Pasivos dependientes de la Administración Central, Organismos Descentralizados y Autárquicos de la Administración Pública Provincial. (Incluye a interinos, suplentes, contratados, personal de gabinete, adscriptos, etc.).
· Monto: en función a los ingresos y compromisos del agente.
· Plazo: 48 meses.
· Moneda: Pesos.
· Sistema de Amortización: Francés.
· Destino: cobertura de necesidades personales, consolidación de deudas.
· Edad: hasta 84 años inclusive (con restricciones).
CONDICIONES:
· Que las deducciones voluntarias autorizadas del recibo mas la cuota del préstamo que solicita, no supere el 60 % determinado por el decreto 2042/00.
Garantía:
· Personal planta permanente y/o jubilado o pensionado del I.N.S.S.Se.P.: sola firma.
· Personal interino, suplente de gabinete, contratado, adscripto, temporario, de servicio a término, etc., deberá presentar un garante de planta permanente y/o jubilado o pensionado del I.N.S.S.Se.P.
Opción: es opción del empleado publico la cancelación de deudas con mutuales u otras entidades que se detallan en el recibo de sueldos, o consolidar deudas con el sistema financiero.
REQUISITOS:
1 - Fotocopia DNI de 1ª y 2ª hoja y cambios de domicilio.
2 - Fotocopia de factura de servicio del deudor o Certificado de Domicilio.
3 - Certificación de Servicio e Ingresos de deudor, extendida por la Empleadora.
4 - Fotocopias de los tres (3) últimos recibos de haberes del solicitante.
Además si es:
- Casado: fotocopia del documento del cónyuge.
(Que además deberá firmar la solicitud).
- Viudo: copia del acta de defunción.
- Divorciado: Copia de resolución judicial de divorcio.
- Separado de Hecho: Constancia policial de tal situación.
Para cancelaciones de deudas con otras Entidades: Certificación de deudas.
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